Son constantes las denuncias de atentados contra la vida, el derecho a acceso a la tierra, la protección del medio ambiente y los derechos constitucionales de los pueblos indígenas.
Preocupa, sobre todo, que los poderes públicos intenten limitar el alcance de los derechos constitucionales de los pueblos indígenas por medio de decisiones judiciales y acciones políticas y administrativas que violan la Constitución brasileña de 1988 en su capítulo VIII, artículos 231 y 232.
Es clara, especialmente, la intención de afectar los procedimientos de demarcaciones de tierras.
Lamentablemente, las interpretaciones falaces de los derechos indígenas realizadas por el Supremo Tribunal Federal han llevado a que diversos tribunales, en particular el TRF 4, lleven a cabo una ola de revisiones de las demarcaciones de tierras ya consolidadas.
Igualmente es inaceptable la decisión de la Presidencia de la República de paralizar las demarcaciones de tierras.
Todo indica que el parámetro utilizado por el gobierno es el mismo que el del Poder Judicial, es decir, la defensa de los sectores económicos que ambicionan explotar los recursos existentes en las tierras indígenas.
También es condenable que el gobierno federal, en articulación con los gobiernos estaduales, coloque a sus fuerzas públicas de seguridad y protección - las policías Federal y Militar- al servicio de quienes violan los derechos humanos de los pueblos indígenas.
En el marco parlamentario, a su vez, se han presentado insistentemente proyectos de ley y de enmiendas a la Constitución federal destinados a desdibujar los derechos ya garantizados constitucionalmente a los pueblos indígenas.
Dichas iniciativas fomentan en la sociedad un clima de intolerancia y generan inseguridad jurídica, al depreciar derechos consagrados en la carta magna, tratándolos como si fueran clandestinos.
Convenio Cimi – Rel-UITA
Original en http://cimi.org.br/site/ptbr/?system=news&conteudo_id=8200&action=read