La justicia legitima los derechos de huelga y a realizar piquetes
Veracel derrotada en los tribunales
La justicia legitima los derechos de huelga y a realizar piquetes
Entre los días 18 y 22 de marzo de 2013, los trabajadores y trabajadoras del vivero de eucaliptus y los operadores de cosechadoras mecánicas de Veracel Celulosa SA (Fibria – Stora Enso) paralizaron totalmente las actividades de la empresa.
El motivo de la huelga fue el desacuerdo con la postura de la compañía durante el proceso de negociación. Veracel se negaba a negociar a pesar de que los trabajadores rechazaron por unanimidad la propuesta que ella había presentado.
La negociación colectiva de la categoría se había iniciado el 1 de noviembre. Transcurridos cerca de cinco meses, y sin avances significativos en las condiciones de trabajo, el sindicato decidió la interrupción total de actividades.
La huelga comenzó luego de que fuese aprobada en asamblea convocada por el Sindicato de Trabajadores y Trabajadoras Rurales de Eunápolis – Bahía, respetando todos los trámites previstos por la ley, sobre todo en lo que se refiere a la notificación previa.
A pesar de tener conocimiento de la notificación con 15 días de anticipación la empresa ni siquiera presentó una nueva propuesta, lo que obligó a que los trabajadores y trabajadoras rurales interrumpieran sus actividades.
La huelga contó con la participación y el apoyo de sindicatos de la región, de la Federación de Trabajadores de la Agricultura del estado de Bahía, de la Confederación Nacional de Trabajadores de la Agricultura (CONTAG) y también de la Unión Internacional de Trabajadores de la Alimentación, Agricultura y Afines (UITA).
El 20 de marzo Veracel Celulose presentó una acción de interdicción, cuestionando la legalidad de la medida y el derecho de los trabajadores a paralizar las actividades, acusando al sindicato de violar el derecho de propiedad de la empresa y el derecho de libre desplazamiento de los trabajadores a raíz de la realización de piquetes.
En su fallo, el juez desestimó la demanda de medidas provisionales formulada por Veracel Celulosa SA, rechazando todos los argumentos esgrimidos por la empresa en su demanda inicial y legitimando tanto el derecho de huelga como el derecho a realizar piquetes.
El juez João Batista Sales Souza, del Tribunal Laboral de Eunápolis/BA, fundamentó su decisión argumentando que la huelga es un derecho constitucional y que por tanto no cabe aceptar demandas como la presentada por la empresa para inhibir el ejercido de ese derecho fundamental de la clase trabajadora.
Tampoco aceptó el argumento de que la compañía tendrá pérdidas, pues considera que las pérdidas son consecuencia del ejercicio legítimo del derecho de huelga por parte de los trabajadores.