La reforma del Código del Trabajo en las gateras del gobierno
El gobierno dominicano tiene en agenda una reforma fiscal y Modificar el Código de Trabajo que apuntan a eliminar conquistas laborales de larga data con la excusa de mejorar la competitividad.
Bernabel Matos
29 | 7 | 2024
Foto: Gerardo Iglesias
En 1990, el gobierno designó a tres especialistas, el ex vicepresidente y exministro de Trabajo Rafael Alburquerque, el ex presidente del Tribunal Constitucional y ex ministro. Milton Ray Guevara, y el abogado Lupo Hernández Ruedas, para que redactaran un nuevo código de trabajo, aprobado dos años después.
La cesantía laboral o auxilio de cesantía se estableció en junio de 1944, y resultó ser la conquista individual más importante del a historia del país. No debería desaparecer a cambio de una pírrica pensión a la cual el trabajador aporta.
Mientras la pensión es fruto de aportes de empleadores y trabajadores, la cesantía laboral es una reparación por la pérdida del empleo que solo aplica en caso de despido injustificado.
Si el trabajador ejerce el desahucio, si dimite injustificadamente o si lo despiden justificadamente, no tiene derecho a cesantía.
Si el empleador actúa con buena asesoría laboral, pocas veces tendrá conflictos laborales. Pero muchas veces es la mezquindad la que lo lleva a actuar.
Si a cambio de pensiones ridículas se elimina la cesantía laboral, hay que borrar el artículo 7 de la Constitución nacional, que preconiza la existencia de un Estado Social y Democrático de Derecho.
Rafael Alburquerque demostró hace varios años que tras la aprobación del actual Código de Trabajo fue que se produjo el mayor crecimiento empresarial.
“El error más grande y el crimen más grande que van a cometer es quitarles la cesantía laboral a los trabajadores dominicanos. Habrá que decirle adiós a la paz laboral”, dijo a su vez otro del os corredactores del Código, Ray Guevara.
Estudios realizados por el propio sector empresarial determinan además que la cesantía laboral no aparecía entre sus principales problemas.
En un país donde el 57 por ciento de la mano de obra disponible está en el sector informal o está constituida por trabajadores por cuenta propia sin ningún tipo de protección en salud, pensión y riesgos laborales no se puede cambiar esta disposición por un mero seguro de desempleo.