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Coca Cola actuó ilegalmente
En Buenos Aires,
España
COCA COLA
Con Sebastián Serena
Coca Cola actuó ilegalmente
Ante el fallo de la Audiencia Nacional declarando nulo el proceso de despido colectivo
20140617 serena-610
Foto: Gerardo Iglesias
Sebastián Serena, secretario del Sector de Alimentación, Bebidas y Tabaco de FITAG-UGT, dialogó con La Rel para conocer los alcances y sobre el nuevo escenario luego del fallo que da la razón a los sindicatos.
-¿Cuál es la evaluación que realizan luego de del fallo de la Audiencia Nacional?
-Esta sentencia viene a confirmar lo que denunciaban los sindicatos UGT y CCOO y oportunamente la FTIAG-UGT sobre lo ilegal del Expediente de Regulación del Empleo (ERE) de Coca Cola Iberean Partners.
 
Nos da la razón sobre la improcedencia de esta acción y sobre la que ingresamos con esta demanda en la justicia teníamos certeza de que nos respaldaría ya que nada de lo que hizo Coca Cola era legalmente justificable.
 
-¿Cuáles son ahora los pasos a seguir?
-La primera etapa es que la compañía proceda a ejecutar lo que dispuso la justicia y tendrá que hacerlo en un plazo no mayor a 20 días y a partir de los próximos 6 días, reincorporar a los más de 800 trabajadores y trabajadoras que arbitrariamente despidió en abril pasado.
 
La principal dificultad que se presenta es que la mayoría de los centros de producción o distribución donde trabajaban estos compañeros han sido cerrados y mucho de ellos ya fueron desmantelados en su totalidad, pero esto es un tema que compete a la empresa, nosotros haremos todo lo que esté a nuestro alcance para agilizar este proceso de reincorporación.
 
Tal vez ante este fallo, Coca Cola Iberean Partners comprenda que no puede tomar decisiones como las que tomó cerrando plantas y despidiendo sin mediar acuerdo. Es necesario que la compañía entienda de una vez, que tiene que sentarse a dialogar con los sindicatos para alcanzar un consenso que resulte en beneficio para todos.
 
-¿Coca Cola puede apelar esta sentencia?
-Sí, y estamos seguros que lo hará, pero al ser esta una sentencia de la Audiencia Nacional tiene la potestad de ser ejecutada de inmediato. La apelación de este fallo no incide en la ejecución de lo que se dictaminó.
 
Rel-UITA
17 de junio de 2014