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Con José Gayoso

Sintraincer, importante
victoria judicial

Hace aproximadamente un año, trabajadores del área de ventas (BDR) afiliados al Sindicato de Trabajadores de la Industria Cervecera y Afines del Perú (Sintraincer) interpusieron una demanda contra Backus (AB InBev) por actos de hostilidad y antisindicales. Esta semana, el tribunal falló a favor de los trabajadores.

Giorgio Trucchi | Rel UITA

23 | 05 | 2022


José Gayoso | Foto: Sintraincer

Desde hace unos años, Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Jonhston SAA (Backus | AB InBev) viene impulsando un proceso de tercerización en las áreas de ventas y almacén.

Para avanzar con este proceso, la compañía presiona a los trabajadores permanentes para que renuncien de forma “voluntaria” a cambio de incentivos económicos.

Al no aceptar lo que a todas luces resulta ser un despido arbitrario con fachada de renuncia voluntaria, los trabajadores comenzaron a ser sometidos a actos hostiles.

“La empresa les aplica licencia con goce de haber compensable1, les reduce el sueldo y, en algunos casos, los traslada a las provincias.

El propósito es causar incomodidad, preocupación y problemas económicos a los trabajadores que no se pliegan a sus planes”, explicó a La Rel, José Gayoso, secretario general del Sintraincer.

Hostigamiento patronal

Para justificar estas medidas, Backus aduce que los puestos de estos trabajadores ya no existen y que no tiene otra opción que mandarlos a su casa o trasladarlos lejos de la capital.

“Esto es totalmente falso. El problema es que estos puestos están siendo llenados con personal tercero.

En este momento hay trabajadores que tienen más de un año de estar en su casa con licencia, sumidos en la incertidumbre por el futuro”, dijo Gayoso.

Ante esta situación, unos cuarenta trabajadores afiliados al Sintraincer demandaron a la transnacional.

“La empresa nunca pudo demostrar que estos puestos ya no existían. Tampoco pudo explicar por qué, durante la pandemia, no puso a toda esta gente a trabajar de forma remota.

Finalmente, quedó evidenciado que estas medidas no son más que actos de hostigamiento por no haber aceptado renunciar al puesto de trabajo”, aseguró el secretario general del Sintraincer.

Fallo contundente

En su primer fallo, el Juzgado de Trabajo de Ate declaró fundada la demanda presentada por los trabajadores Alan Saldarriaga Noguerol y Rafael Pérez Cáceres.

En este sentido, ordenó el cese inmediato de los actos de hostilidad contra los demandantes, fijó un término de cinco días para dejar sin efecto las licencias con goce de haber compensable.

También ordenó el reintegro a sus labores y en su cargo original de BDR en la modalidad de trabajo remoto, percibiendo el salario correspondiente, hasta poderse reintegrar de forma presencial.

El tribunal impuso a Backus una multa equivalente a 10 unidades de referencia procesal (URP)2 y el pago de los gastos procesales y los intereses legales.

Asimismo, ordenó pagar 2000 soles (537 dólares) a los demandantes como indemnización por daño moral.

“Fue un acto que perjudicó al trabajador y a su familia, que sembró incertidumbre para el futuro, que rebajó su dignidad.

Confiamos que también los otros fallos sean favorables a los trabajadores”, concluyó Gayoso.


1 Figura mediante la cual el empleador se encuentra obligado al pago de una remuneración sin que exista una labor efectiva por parte del trabajador.
2 Valor anual (460 soles / 124 dólares para el año 2022) para la fijación de cuantías, tasas, aranceles judiciales y multas previstas en la ley o establecidas en la legislación procesal