Las falacias de los latifundistas pretenden incidir en la opinión
En el proceso de ataque sistemático contra los pueblos indígenas y sus derechos, además de la violencia física, ejecutada por medio de asesinatos selectivos de líderes comunitarios y desalojos extrajudiciales por parte de grupos paramilitares, el antiguo latifundio ha hecho uso de instrumentos legislativos y administrativos, y fundamentalmente de algunas ideas que intenta que sean aceptadas por la ciudadanía. A continuación siete de sus tesis más falaces y difundidas.
Tesis número 1: la demarcación de tierras indígenas beneficiaría a intereses internacionales
Con esta tesis, los ruralistas buscan descalificar la lucha de los pueblos por sus territorios y con ello atraer el apoyo de la población a los ataques y la violencia contra los pueblos indígenas en Brasil.
Al mismo tiempo, crean una cortina de humo a través de la cual tratan de ocultar el hecho de que son el agronegocio y sus cómplices quienes efectivamente sirven a los intereses internacionales en el campo.
Son los propietarios de tierras, el agronegocio y los ruralistas quienes están al servicio de los «intereses internacionales». Todas las etapas de ese sector, desde la producción (semillas, maquinaria agrícola, fertilizantes, pesticidas) hasta la industrialización, comercialización y exportación son controladas por transnacionales que envían sus enormes ganancias al exterior.
Entre ellas destacan Monsanto, Archer Daniels Midland Company – ADM, Cargill, New Holland Machine Company (Estados Unidos), Bunge (Holanda), Bayer y BASF (Alemania), Syngenta (Suiza), Louis Dreyfus Commodities (Francia-Inglaterra) , Del Monte Fresh Produce Company (Islas Caimán) –
Por otra parte, es de conocimiento público y notorio que empresas privadas y los gobiernos de otros países han adquirido millones de hectáreas en Brasil sin ningún tipo de control.
La producción del latifundio ruralista está subvencionada con fondos públicos y se centró principalmente en la exportación de commodities, que se hace sin el pago de ningún tipo de impuesto. Lo que deja el latifundio como herencia es sólo el aire contaminado por los pesticidas importados, muchos de los cuales están prohibidos en otros países, además de enfermedades varias, entre ellas algunos tipos de cáncer.
La demarcación de las tierras indígenas impone límites a este círculo vicioso. Es por ello que las organizaciones del agronegocio y los políticos electos financiados por las transnacionales, por la Confederación Nacional de la Agricultura y por la bancada ruralista en el Congreso atacan con tanta virulencia los derechos territoriales de los pueblos indígenas de Brasil.
La demarcación de las tierras indígenas beneficia a los intereses del pueblo brasileño. Las tierras tradicionalmente ocupadas por los indios son propiedad de la Unión (Constitución Federal, capítulo II, artículo 20, parágrafo XI). Las mismas son para la posesión permanente y el usufructo exclusivo de los pueblos indígenas (Constitución Federal, capítulo VIII, artículo 231, inciso 2°), ciudadanos brasileños de pleno derecho.
Tesis número 2: los indígenas son manipulados por organizaciones no gubernamentales, por el CIMI y por la CPT
Es una tesis basada en un pensamiento prejuicioso, discriminatorio y racista. A través de ella sectores antiindígenas buscan esencialmente deslegitimar la lucha de los pueblos y criminalizar a organizaciones y personas que los apoyan.
Los pueblos indígenas son sujetos de sus proyectos de vida, de sus historias personales y colectivas.
Tesis número 3: hay una «ola» de demarcaciones en Brasil
Se trata de una tesis de cuño alarmista y sin ninguna relación con lo que realmente está sucediendo en Brasil.
El gobierno de Dilma Rousseff es el que menos demarca tierras indígenas desde la dictadura militar. Mientras que el promedio anual de tierras homologadas en el gobierno de Fernando Henrique Cardoso fue de 18 y bajo el gobierno de Lula 10, con Dilma este promedio se redujo a sólo cinco homologaciones.
Los enemigos de los pueblos indígenas usan esta tesis con vistas a conseguir una moratoria absoluta en las demarcaciones, mientras actúan para promover cambios en la Constitución Federal.
Tesis número 4: la demarcación de tierras debe ser aprobada por el Congreso, que «representa al pueblo brasileño»
Los ruralistas quieren inviabilizar toda y cualquier demarcación de tierras indígenas en Brasil. Quieren destruir la Constitución, para que en ellos recaiga la decisión de demarcar o no demarcar tierras; para no titular tierras quilombolas y para no crear nuevas unidades de conservación ambiental para las tierras indígenas en Brasil.
Es de conocimiento público que el sistema político electoral vigente, que permite la financiación privada ilimitada a candidatos y candidatas, produce un desequilibrio profundo en la representatividad del Congreso. Y es precisamente la representación ruralista la más desequilibrada.
Los gigantescos fondos proporcionados por las transnacionales hicieron que los grandes terratenientes, que apenas son el 0,3 por ciento de la población brasileña, lograsen llegar al Congreso, donde representan el 40 por ciento de los diputados federales.
Trasladar el poder de demarcación de las tierras indígenas al Congreso Nacional, significaría en la práctica, la cancelación definitiva del reconocimiento y demarcación de estas tierras.
Tesis número 5: “demasiada tierra para muy pocos indios»
Se trata de una tesis generalista sobre la base de una suposición errónea según la cual “el indio” sería un actor social único, cuando en realidad hay diferentes pueblos indígenas, con diferentes organizaciones sociales, costumbres, lenguas, creencias y tradiciones específicas.
De acuerdo con el censo 2010 del IBGE, existen 869.900 indígenas en Brasil, pertenecientes a 305 pueblos y hablantes de 274 idiomas.
A través de esta tesis, los ruralistas tratan de ocultar el hecho de que hay muchos pueblos indígenas que carecen de tierras y cuyos habitantes viven en campamentos o a la vera de las carreteras, siendo víctimas de ataques permanentes.
El argumento decisivo ignora por completo el hecho de que el 98,47 por ciento de las tierras indígenas demarcadas se encuentran en la Amazonia y que, por lo tanto, apenas el 1,53 por ciento se encuentra en el noreste, sureste, el sur.
En estados como Mato Grosso do Sul y Rio Grande do Sul, por ejemplo, donde miles de indígenas viven en campamentos a lo largo de las carreteras, el porcentaje de tierras en posesión de los indígenas es, respectivamente, del 1,26 y el 0,4 por ciento. Un espacio irrisorio y evidentemente insuficiente para la supervivencia física y cultural de los pueblos, que contraría todas las disposiciones constitucionales.
Tesis número 6: los procedimientos de demarcación serían conducidos de forma exclusiva y parcial por la FUNAI
Esta tesis es utilizada sobre todo en vistas de justificar los cambios en el procedimiento de demarcación, y con el fin de inviabilizar el reconocimiento del derecho de los pueblos a sus tierras.
Si analizamos la legislación del país en relación a este asunto, veremos fácilmente las debilidades y las falacias de esta afirmación.
La demarcación de las tierras tradicionalmente ocupadas por los indios es una determinación Constitucional (Constitución Federal, capítulo VIII, artículo 231). El procedimiento administrativo de demarcación de las tierras indígenas está legalmente previsto y reglamentado por el decreto 1775/96.
Aparte de la FUNAI, otros organismos federales participan en el procedimiento. La Procuraduría General de la Unión (AGU, por sus siglas en portugués), a través de sus fiscales federales, analiza y brinda pareceres en las diversas etapas del procedimiento.
Por otra parte, también se espera la participación de los estados y municipios en el procedimiento.
El informe circunstanciado de identificación y delimitación de una tierra indígena es un estudio técnico-científico. Es producido por profesionales legalmente habilitados, reunidos en un equipo multidisciplinario coordinado por un antropólogo y que también cuenta con la participación de un historiador, un ambientalista y expertos indicados por los gobiernos estatales.
La redacción del informe se rige por la ordenanza 14/ 96 del Ministerio de Justicia.
El procedimiento de demarcación garantiza el derecho a réplica a todas las partes interesadas. Desde el inicio de los estudios, hasta noventa días después de la publicación del informe circunstanciado, todos los interesados pueden manifestarse, presentando razones asistidas con todas las pruebas pertinentes, tales como títulos de propiedad, laudos de expertos, pareceres, declaraciones de testigos, fotografías y mapas, con la finalidad de reclamar indemnización o para demonstrar vicios, totales o parciales, presentes en el informe.
Aun así, la continuidad del procedimiento depende de la decisión del ministro de Justicia, quien puede aprobarlo o no.
Tesis número 7: los no indios ocupantes de las tierras indígenas serían expulsados y abandonados a su suerte, en medio de la “carretera”, “con una mano atrás y otra adelante»
La realidad es que todos aquellos que ocuparon las tierras de buena fe, sin saber que se trataba de tierras indígenas, tienen derecho a ser indemnizados por las mejoras realizadas, tales como casas, cobertizos, cercas, praderas, árboles frutales, zonas forestadas, en base a los valores de mercado, certificados por técnicos especializados. Tienen igualmente derecho a reasentamiento de forma prioritaria por el INCRA, en módulos agrarios de las respectivas regiones.
Ello exige que se cuestione la concentración de tierras en Brasil, con la expropiación forzosa de los latifundios, lo cual no está en los planes del gobierno. Bajo la gestión de Dilma Rousseff, en el primer semestre de 2013 ningún inmueble rural ha sido expropiado para fines de reforma agraria o para el reasentamiento de los ocupantes no indígenas de las tierras indígenas.
Además, todos los ocupantes de “buena fe”, con títulos de propiedad extendidos por el Estado federal o por los distintos estados, pueden ser indemnizados.
Para ello, basta que la persona responsable de la emisión de los títulos reconozca el error cometido en detrimento de los ocupantes y se proceda con la debida indemnización.
En cuanto a los ocupantes de “mala fe», o sea, aquellos que invadieron las tierras conscientes de que eran tierras indígenas, lógicamente no deben ser indemnizados. Serían ellos quienes deberían indemnizar a los pueblos indígenas.
La historia del país demuestra que los terratenientes nunca han respetado límites. Es hora de que la sociedad se los imponga. La democracia brasileña lo agradecerá.
Foto: CIMI