Veamos qué pasó en Italia a partir de 2014, cuando el entonces primer ministro Matteo Renzi, quien encabezaba una coalición de partidos de centro-derecha y centro-izquierda, intentó paliar la crisis política, económica y social que venía asolando el país impulsando una reforma laboral que desencadenó fuertes protestas.
Para entender el porqué de esta reacción hay que remontar a la aprobación del Estatuto de los Trabajadores (Ley 300 del 20 de mayo de 1970), que marcó un parteaguas en la historia de las relaciones industriales italianas, sentando las reglas más importantes en cuanto a la tutela de las libertades laborales y sindicales.
Además de perseguir la simplificación de las más de 40 formas de contratos precarios que existían en Italia, uno de los puntos más controvertidos del proyecto de reforma fue la abolición, casi definitiva, del artículo 18 del Estatuto.
Durante más de 40 años, el artículo 18 encarnó la esencia de la dignidad de los trabajadores ante el poder de la patronal, protegiéndolos contra los despidos sin justa causa y avalando su derecho a ser indemnizados y reintegrados de inmediato a su puesto de trabajo.
Esa disciplina laboral, un verdadero baluarte contra las represalias patronales y los instintos antisindicales que se aplica en las empresas con más de 15 empleados, ha venido sufriendo repetidos ataques en el marco de una incontrolable expansión del modelo neoliberal.
Esto conllevó una creciente flexibilización y precarización del mercado del trabajo.
Ya en 2012 el gobierno del tecnócrata Mario Monti había realizado una primera reforma laboral (Ley Fornero) que contribuyó a vaciar de contenido el artículo 18, estableciendo criterios de aplicación del derecho al reintegro según la tipificación del despido.
Dicha modificación rompió el automatismo existente entre despido ilegitimo y reintegro del trabajador, tipificado tres tipos diferentes de despido: discriminatorio, disciplinario y económico.
Mientras en el primer caso se aplica la normativa anterior, donde el juez ordena el reintegro inmediato y el pago de los salarios caídos, en el despido disciplinario (por comportamiento del trabajador) y en el económico (por graves dificultades económicas de la empresa), el juez puede decidir si ordenar el reintegro del trabajador o el simple pago de una indemnización.
El objetivo de la reforma impuesta por Renzi, conocida como Jobs Act, era reducir el trabajo precario y generar más empleo formal, en particular para los jóvenes.
Para lograrlo se implementó un mecanismo de tutelas crecientes, donde sólo con la antigüedad los trabajadores podían obtener los derechos previstos por el Estatuto, entre ellos el de poder ser reintegrado en caso de despido discriminatorio.
Esto significó un golpe mortal al potencial que en sí mismo encarna el artículo 18.
Asimismo, durante 2015, se garantizaron fuertes incentivos fiscales por tres años para los empleadores que contrataban personal por tiempo indeterminado.
Esta medida significó un desembolso aproximado de 20 mil millones de euros.
Para Susanna Camusso, secretaria general de la Confederación General Italiana del Trabajo (CGIL), el Jobs Act representó un retroceso enorme, en cuanto agiliza y abarata el despido.
“No se sale de la crisis penalizando el trabajo, ni cercenando derechos. Aquí no se trata de nivelar los derechos laborales hacia abajo, sino de extenderlos a quienes no gozan de ellos”, dijo Camusso después de la aprobación de la reforma.
Tres años después de la entrada en vigencia del Jobs Act los resultados son alarmantes.
“Si la reforma tenía como objetivo determinar una inversión de tendencia en cuanto a convertir el mecanismo a tutelas crecientes la principal forma de generación de empleo, podemos decir que esto ha sido un fracaso”, señala la revista El Economista.
Los últimos datos difundidos por el Instituto Italiano de Estadística (Istat) evidencian que si bien hubo un aumento de la tasa de ocupación, que pasó del 55,7 por ciento al 58,8 entre 2014 y agosto último, se trata en su mayoría de contratos temporales y a medio tiempo.
Además, según la agencia Bloomberg, los principales beneficiarios de la generación de empleo -casi el 60 por ciento- fueron trabajadores de edad comprendida entre 55 y 64 años.
La tasa de ocupación entre los jóvenes (15-24 años) aumentó sólo 1 por ciento, mientras que la tasa de desempleo se mantiene en 31,6 por ciento.
En el último año se perdieron 184 mil empleos formales y se crearon 368 mil nuevos empleos temporales.
El problema fue que al terminar los incentivos fiscales, las empresas dejaron de contratar por tiempo indefinido. Ya en 2016 hubo una caída de entre el 30 y 33 por ciento de estos tipos de contratos.
También se redujo a la mitad la conversión de contratos a tiempo determinado a indefinido.
“Es innegable el fracaso del Jobs Act, que nació como un proyecto para fomentar el empleo juvenil formal y que, en cambio, ha generado más empleo precario y más desempleo entre los jóvenes”, dijo Tania Scacchetti, de la Secretaría Nacional de la CGIL, a medios nacionales.
“En este momento, casi 8 trabajadores de cada 10 que se incorporan al mercado laboral lo hacen a través de contratos precarios”,
Una de las primeras medidas del nuevo gobierno integrado por el Movimiento Cinco Estrellas y Liga Norte fue promover la aprobación del “Decreto Dignidad”. Entre otras medidas se propone revertir el contenido del Jobs Act.
El decreto, que está a punto de ser discutido en el Parlamento italiano, prevé el aumento del 50 por ciento de las indemnizaciones en caso de despido sin causa justificada, y reduce de 5 a 4 la cantidad máxima de renovaciones de contratos por tiempo definido en un plazo de 36 meses.
También reintroduce las causales, es decir la obligatoriedad para el empleador de explicar por qué se está contratando al personal por tiempo determinado.
“Es un inicio, pero falta mucho por hacer. Aún no se está tocando el fondo del problema que ha generado el Jobs Act, es decir la pérdida de derechos. Lo que necesitamos urgentemente es el rediseño profundo de las reglas del mercado laboral”, concluyó Camusso.
En Managua, Giorgio Trucchi – Rel-UITA